Economía · Análisis de balance: fondo de maniobra y ratios · Islas Canarias · 2021
Ejercicio resuelto de Economía · 2021
A continuación, se muestra el balance de Sol y Luna, dos empresas del sector de las telecomunicaciones, a 31 de diciembre de 2020 (las cantidades están expresadas en euros):
| ACTIVO | SOL | LUNA | PATRIMONIO NETO Y PASIVO | SOL | LUNA
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Se pide:
a) Calcular la ratio de liquidez de ambas empresas y explicar su significado. Interpretar el resultado. (0,5 puntos).
b) Calcular la ratio de endeudamiento de ambas empresas y explicar su significado. Interpretar el resultado. (0,5 puntos).
c) Calcular la ratio de garantía de ambas empresas y explicar su significado. Interpretar el resultado. (0,5 puntos).
d) Sol y Luna están instaladas en la ZEC. Explique dos requisitos que han tenido que cumplir para poder instalarse en la ZEC. (0,5 puntos).
Solución
La ratio de liquidez, o ratio corriente, relaciona el activo corriente con el pasivo corriente y mide la capacidad de la empresa para atender con sus bienes y derechos a corto plazo las deudas que vencen dentro del año:
Para Sol:
Para Luna:
La ratio de liquidez es de 0,99 en Sol y de 0,70 en Luna.
El valor recomendable se sitúa entre 1,5 y 2: por debajo de 1 la empresa corre riesgo de suspensión de pagos, porque su activo corriente no cubre siquiera sus deudas a corto plazo, y muy por encima de 2 tendría recursos ociosos. Las dos empresas están por debajo del mínimo, de modo que las dos tienen un fondo de maniobra negativo y un problema de liquidez, pero la situación de Luna es claramente peor: solo dispone de 70 céntimos de activo corriente por cada euro que debe a corto plazo, mientras que Sol, con 0,99, está prácticamente en el límite y le bastaría un ajuste pequeño para equilibrarse.
La ratio de endeudamiento relaciona el pasivo total —la suma del pasivo no corriente y el corriente— con el total del patrimonio neto y pasivo, y mide qué proporción de la financiación de la empresa procede de recursos ajenos:
Para Sol, cuyo pasivo total es 130.000 más 48.000:
Para Luna, cuyo pasivo total es 165.000 más 80.000:
La ratio de endeudamiento es de 0,47 en Sol y de 0,86 en Luna.
El valor recomendable se sitúa entre 0,4 y 0,6: por debajo la empresa estaría infrautilizando el efecto multiplicador de la deuda, y por encima su autonomía financiera queda comprometida. Sol, con 0,47, está en la zona correcta: algo menos de la mitad de su financiación es ajena y el resto son fondos propios. Luna, con 0,86, está muy por encima del límite: el 86 % de su financiación es deuda y apenas el 14 % capital propio, lo que la hace muy dependiente de sus acreedores, encarece el crédito que pueda pedir y la deja sin margen frente a una caída de los ingresos.
La ratio de garantía, también llamada de solvencia total o distancia a la quiebra, relaciona el activo real con el pasivo total y mide la capacidad de la empresa para responder de todas sus deudas con todos sus bienes y derechos:
Para Sol:
Para Luna:
La ratio de garantía es de 2,12 en Sol y de 1,16 en Luna.
Es la garantía que la empresa ofrece frente a terceros: mide cuántos euros de activo respaldan cada euro de deuda. Su valor recomendable ronda 1,5 o 2, y cuando cae por debajo de 1 la empresa está en quiebra técnica, porque ni liquidando todo su activo podría pagar lo que debe. Sol, con 2,12, ofrece una garantía holgada: su activo duplica su deuda. Luna, con 1,16, está muy cerca del límite: apenas le sobra un 16 % de activo sobre lo que debe, de modo que una pérdida de cierta entidad la dejaría en situación de quiebra técnica.
La Zona Especial Canaria es un régimen de baja tributación creado dentro del Régimen Económico y Fiscal de Canarias para atraer inversión y diversificar la economía del archipiélago; permite tributar en el Impuesto sobre Sociedades a un tipo reducido del 4 %, muy inferior al general.
El primer requisito es realizar una inversión mínima en activos fijos afectos a la actividad durante los dos primeros años desde la inscripción. La cuantía exigida es de 100.000 euros en las islas capitalinas, Tenerife y Gran Canaria, y de 50.000 euros en las islas no capitalinas —La Palma, La Gomera, El Hierro, Lanzarote y Fuerteventura—, con lo que el régimen favorece a las islas menos pobladas.
El segundo requisito es crear un número mínimo de puestos de trabajo dentro de los seis meses siguientes a la inscripción y mantener ese promedio durante todo el tiempo que dure el disfrute del régimen. Son cinco empleos en las islas capitalinas y tres en las no capitalinas.
Además de estos dos, la entidad debe ser de nueva creación y tener su domicilio social y su sede de dirección efectiva en el ámbito de la Zona Especial Canaria, al menos uno de sus administradores debe residir en Canarias, la actividad ha de estar incluida en la lista de actividades autorizadas y hay que presentar una memoria descriptiva que justifique la solvencia y la aportación al desarrollo económico y social de las islas.
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