Economía · Formas jurídicas de la empresa · Región de Murcia · 2023
Ejercicio resuelto de Formas jurídicas de la empresa · Economía
Bloque II. Responda a DOS de las siguientes cuatro preguntas (3 puntos).
Pregunta 8. Pedro va a crear un pequeño negocio de informática. Tiene dudas entre constituirse como sociedad limitada o como empresario individual. Explíquele las diferencias entre ambas formas jurídicas. [1,5 puntos]
Solución
El empresario individual es una persona física que ejerce la actividad en nombre propio; la sociedad limitada es una persona jurídica distinta de sus socios. De ahí se derivan las demás diferencias, que se pueden resumir en la tabla siguiente:
| Empresario individual | Sociedad limitada Responsabilidad ilimitada | Responsabilidad limitada No es necesaria aportación mínima | Aportación mínima de 1 euro (cantidad simbólica) Tributa por IRPF | Tributa por impuesto de sociedades Contabilidad sencilla | Contabilidad más exigente Constitución más fácil, rápida y barata (declaración censal, alta en el IAE, alta en el régimen de autónomos, comunicación de apertura del centro de trabajo) | Mayor número de trámites para la constitución, más tiempo y mayor desembolso (registro del nombre de la sociedad, apertura de una cuenta a nombre de la sociedad, estatutos, escritura pública, trámites en Hacienda, inscripción en el registro mercantil, inscripción en la Seguridad Social y en el ayuntamiento) |
|---|
La diferencia decisiva para Pedro es la primera: como empresario individual respondería de las deudas del negocio con todo su patrimonio presente y futuro, mientras que en la sociedad limitada su responsabilidad se limita al capital aportado. A cambio, la sociedad limitada le exigirá más trámites, más costes de constitución y una contabilidad más rigurosa.
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